Época:
Inicio: Año 1 A. C.
Fin: Año 1 D.C.

Antecedente:
Puestos de responsabilidad

(C) María Merino Bobillo



Comentario

El marco legislativo sí que inició la mejora con respecto a la mujer. Hasta entonces, el cuerpo de funcionarios se regía por la legislación de 1918, que dificultaba su trabajo. En 1961 entró en vigor la Ley sobre Derechos Políticos, Profesionales y de Trabajo de la Mujer, que afirmaba la igualdad de oportunidades para participar en oposiciones y concursos del Estado. En 1965 se aprobó la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, que derogaba muchas disposiciones discriminatorias. Se vetaba, sin embargo, su ingreso en las Fuerzas Armadas y en ciertos cargos de la Administración de Justicia: Magistrados, Jueces y Fiscales. Esta última disposición fue derogada un año más tarde por la Ley 96/1966, argumentando que la protección que "la Ley quiso dispensar a los sentimientos de la mujer deben considerarse superadas por la propia realidad social." La reforma del Código Civil en 1975, todavía durante el régimen franquista, facilitó el trabajo de la funcionaria pues, además de otras trabas, se eliminaba la que establecía que la mujer casada con un extranjero perdía la nacionalidad española y se veía, por tanto, impedida de ejercer la tarea pública. También la obligatoriedad de residir en el domicilio conyugal, pues los puestos de trabajo exigían en ocasiones el traslado a otros lugares o los desplazamientos.


Nuevos Ministerios (Madrid)

Nuevos Ministerios (Madrid)




Autores como María Luisa Jordana han hecho una estimación de las mujeres funcionarias que había a partir de varias fuentes -ficheros de altos cargos, mutualidad de funcionarios, etc.- al no existir datos oficiales unitarios. Afirma que si en 1975 la población activa en España era de un 38,2%, la femenina constituía el 24%. Se trataría de uno de los índices más bajos de Europa. En la administración pública se estima una cifra de 150.000 mujeres, lo que podría representar el 22% del total de sus trabajadores.



Durante el periodo de la Transición, las leyes que reformaron y modernizaron la función pública, cinco Reales Decretos, no tuvieron mayor incidencia para la mujer, pues no supuso una reforma total a la Ley existente. Solucionaron temas sobre la situación jurídica de los funcionarios adscritos al Régimen anterior, las retribuciones, el derecho de asociación sindical o la extensión de la Seguridad Social.



Con la creación del Estado de las Autonomías el estudio se vuelve más complejo, pues aumentó el funcionariado al amparo de los empleos públicos a autonómicos y por las diferentes estadísticas que se realizaron en cada lugar que dificultan un estudio comparado.