Comentario
El marco legislativo sí que inició la mejora con respecto a la mujer. Hasta entonces, el cuerpo de funcionarios se regía por la legislación de 1918, que dificultaba su trabajo. En 1961 entró en vigor la Ley sobre Derechos Políticos, Profesionales y de Trabajo de la Mujer, que afirmaba la igualdad de oportunidades para participar en oposiciones y concursos del Estado. En 1965 se aprobó la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, que derogaba muchas disposiciones discriminatorias. Se vetaba, sin embargo, su ingreso en las Fuerzas Armadas y en ciertos cargos de la Administración de Justicia: Magistrados, Jueces y Fiscales. Esta última disposición fue derogada un año más tarde por la Ley 96/1966, argumentando que la protección que "la Ley quiso dispensar a los sentimientos de la mujer deben considerarse superadas por la propia realidad social." La reforma del Código Civil en 1975, todavía durante el régimen franquista, facilitó el trabajo de la funcionaria pues, además de otras trabas, se eliminaba la que establecía que la mujer casada con un extranjero perdía la nacionalidad española y se veía, por tanto, impedida de ejercer la tarea pública. También la obligatoriedad de residir en el domicilio conyugal, pues los puestos de trabajo exigían en ocasiones el traslado a otros lugares o los desplazamientos.